Ordenanza
Starter Section
Los directivos de la Fundación Visión de Futuro, han informado
personalmente a la Presidencia de este Cuerpo, la iniciación En fecha
próxima de los trabajos de construcción del templo donde habrán de
llevar a cabo las reuniones de fe y la realización distintos
emprendimientos de carácter social que forman parte de su actividad.-
La iniciativa dio lugar en su oportunidad a que el Concejo Municipal
propiciara la petición formulada por la entidad de otorgamiento de un
terreno para erigir en el mismo las obras proyectadas.-
Si bien la Ordenanza Nº 2280-94 sancionada oportunamente, establece un
plazo para el comienzo de las obras, resulta atendible prorrogar el
lapso otorgado en origen, atento el carácter que lo motiva y a la
voluntad y decisión de los beneficiarios de concretar el proyecto.-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Prorróguese por el término de dos años a partir de la
promulgación de la presente Ordenanza, todos los derechos y
obligaciones emergentes de la Ordenanza Nº 2280-94, sancionada por el
Concejo Municipal con fecha treinta de agosto del año mil novecientos y
noventa y cuatro.-
Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 2615-98, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintitrés días del mes
de octubre del año mil novecientos noventa y ocho.-
personalmente a la Presidencia de este Cuerpo, la iniciación En fecha
próxima de los trabajos de construcción del templo donde habrán de
llevar a cabo las reuniones de fe y la realización distintos
emprendimientos de carácter social que forman parte de su actividad.-
La iniciativa dio lugar en su oportunidad a que el Concejo Municipal
propiciara la petición formulada por la entidad de otorgamiento de un
terreno para erigir en el mismo las obras proyectadas.-
Si bien la Ordenanza Nº 2280-94 sancionada oportunamente, establece un
plazo para el comienzo de las obras, resulta atendible prorrogar el
lapso otorgado en origen, atento el carácter que lo motiva y a la
voluntad y decisión de los beneficiarios de concretar el proyecto.-
Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus
facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:
O R D E N A N Z A
Art.1º.- Prorróguese por el término de dos años a partir de la
promulgación de la presente Ordenanza, todos los derechos y
obligaciones emergentes de la Ordenanza Nº 2280-94, sancionada por el
Concejo Municipal con fecha treinta de agosto del año mil novecientos y
noventa y cuatro.-
Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 2615-98, en la Sala de Sesiones
del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los veintitrés días del mes
de octubre del año mil novecientos noventa y ocho.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 2779-C-98
- Derogada: NO
- Vetada: NO