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Ordenanza Nº 2609/98 - CONSTRUCCION DE VIVIENDAS POR ESFUERZO PROPIO

Art.1º.- Créase el Pan de Construcción de Viviendas por Ayuda Mutua en el ámbito de la Municipalidad de Venado Tuerto.-

Art.2º.- El plan será destinado prioritariamente a carecientes de viviendas familiares y erradicación de asentamientos precarios en lugares declarados no aptos para su urbanización.-

Art.3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá la utilización de terrenos que le pertenecen para la ubicación de los nuevos propietarios de viviendas, con aplicación del sistema de adjudicatarios previsto por la Ordenanza Nº 2196-93.-

Art.4º.- Se deberá tener en cuenta para las nuevas radicaciones, el hecho de no alterar sensiblemente la situación demográfica de las áreas afectadas.-

Art.5º.- El Departamento Ejecutivo Municipal tendrá a su cargo la realización de:

- Documentación técnica de los prototipos de viviendas e infraestructura.
- Provisión de los materiales para la construcción de los prototipos de viviendas, consistente en:
1- Administración de las obras hasta tanto hayan sido finalizadas.-
2- Control y fiscalización de la utilización de materiales.-

Art.6º.- Se procederá a dar una adecuada difusión de los alcances del presente proyecto a fin de que los interesados se encuentren debidamente informados y además lograr la necesaria transparencia en los procedimientos implementados.-

Art.7º.- Los adjudicatarios deberán cumplimentar las horas de labor que estipule el Departamento Ejecutivo Municipal, a fin de que con su valor se amortice el costo de la vivienda e la que resulte adjudicatario.-

Art.8º.- Las horas de labor serán valuadas en un monto VHL a determinar por el Ejecutivo Municipal, el que será actualizable por las variaciones que observe el escalafón del personal de empleados y obreros municipales.-

Art.9º.- Quienes por algún impedimento físico o por razones de edad, sexo o cualquier otra causa particular no pudieren realizar tareas en la obra, podrán:

a- Delegar a una persona de su confianza el desempeño de dicha tarea.
b- De considerarlo necesario, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá destinar personal de su planta permanente especializado en la materia.-

Art.10º.- La adjudicación de viviendas responderá a un orden que dependerá de la integración del grupo familiar y requerimientos de urgencia de la misma. A tal efecto el Departamento Ejecutivo Municipal implementará un sistema de puntaje especial que considerará los siguientes aspectos:

a- Densidad del grupo familiar.
b- Análisis del grupo familiar.
b.1.Cantidad de integrantes indicando nacionalidad, edades, vínculo con el titular y sexo.
b.2.Ingreso salarial del grupo familiar.
b.3.Estado sanitario.
b.4. Nivel educativo de cada integrante.-
b.5. Oficios que poseen y pueden desarrollar.
b.6. Costumbres y formas de vida comunitarias.

Art.11º.- Los adjudicatarios de los beneficios de este Plan se comprometerán en aportar la mano de obra que fuere necesaria mediante su esfuerzo propio de trabajo. Se fijará un número mínimo de horas de labor que el adjudicatario deberá cumplir en forma efectiva para tener derecho a la ocupación de la vivienda.-

Art.12º.- El adjudicatario cumplirá las tareas que a juicio del personal técnico a cargo de la obra estuviere en condiciones de llevar a cabo y fueren necesarias para su ejecución; y a tal efecto integrará en grupos de trabajo bajo la adecuada conducción profesional.-

Art.13º.- El valor el prototipo de vivienda, se estimará en cantidad de horas de labor. Los adjudicatarios, a través de su propio esfuerzo cumplirán con aquellas de modo de ir disminuyendo el valor del prototipo en cantidad de horas de labor.-

Art.14º.- Cada tarea para la realización de la unida prototipo tendrá un tiempo óptimo de concreción, asignándosele a cada adjudicatario que concluya la tarea en un menor plazo que el previsto, un premio VHL igual al doble de las horas ahorradas.-

Art.15º.- Al finalizar la obra se fijará una hipoteca por el monto que se adeude a favor de la Municipalidad de Venado Tuerto, por un plazo que se fijará en cada caso, de manera de no afectar más del 25% del salario familiar que perciba de ingresos.-

Art.16º.- Las viviendas en hipoteca no podrán ser vendidas, alquiladas ni transferidas en uso hasta tanto no se haya cancelado totalmente la misma, debiendo ser adquiridos por compradores que garanticen su ocupación por el adquirente y su grupo familiar.-

Art.17º.- Las sumas que demande el aporte de materiales para la iniciación de las etapas de este plan al igual que la confección de la documentación técnica, serán sometidas a la consideración de del Honorable Concejo Municipal para su inclusión en los ejercicios anuales respectivos.-

Art.18º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-


FUNDAMENTOS:

Los terrenos municipales cedidos en distintas oportunidades a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo sobre los que se han erigido y se proyectan nuevos complejos habitacionales con fondos provenientes del organismo estatal de la Provincia y administración del Municipio, ha generado expectativas justificadas entre quienes no tienen resuelto el problema de su vivienda familiar y propia.-

La posibilidad, ponderable por cierto, abre un espacio alentador para los que afrontan esta situación, más aún con el anuncio de las autoridades del Municipio de ampliar este complejo inicial con la construcción de otros de características similares en distintos puntos de la ciudad.-

Sin embargo, existe una realidad que unida a la gravedad de la crisis imperante , impacta negativamente sobre las condiciones de vida de nuestros conciudadanos e impide a una ancha franja de la sociedad acceder a estos planes.-

La esencia el presente proyecto se funda en la necesidad de recuperar para el vecino de Venado Tuerto que hoy carece de su vivienda familiar en unos casos y se hacina en otros asentamientos, la dignidad y la satisfacción el esfuerzo propio.-

Apunta también a considerar un elevado beneficio social para los vecinos y la recuperación definitiva del esfuerzo personal en desmedro de la dádiva y de la dignidad del hombre.-

Se propone a los vecinos la posibilidad de construir con sus propias manos, y la recuperación e infraestructura provistas por el Ejecutivo Municipal, al igual que los terrenos donde se erigirán estos prototipos habitacionales, su propia vivienda familiar.-

Si bien han existido experiencias similares en el Municipio, no ha tenido las características de esta propuesta y han carecido del control y las exigencias en el cumplimiento que los beneficiarios en observar para no desnaturalizar su objetivo.-

Previo a toda adjudicación, el Departamento Ejecutivo Municipal deberá implementar un sistema de puntaje especial para todos los grupos familiares, con el propósito de ordenar la información y garantizar una ajusta distribución a través de un sistema especial de puntaje.-

Los futuros adjudicatarios deberán cumplimentar las horas de labor que estipule el Departamento Ejecutivo Municipal a fin de que con su valor se amortice el costo de la vivienda. El valor de esas horas de trabajo, será debidamente actualizado de acuerdo con las variaciones que observe el escalafón del empleado municipal.-

De mismo modo, el proyecto contempla la posibilidad de que algún adjudicatario no pudiera realizar las tareas en obra; en este caso, podrá delegar s trabajo en alguien de su confianza. Como también la Municipalidad, de considerarlo necesario, destinar personal de su planta permanente especializado en la materia.-

Al finalizar las obras se fijará una hipoteca por el monto que se adeude a favor de la Municipalidad de Venado Tuerto, por un plazo que se determinará en cada caso, de manera de no afectar más del 25 % del sueldo de cada uno de sus integrantes del grupo familiar que perciba ingreso.-

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso de sus facultades y atribuciones sanciona la presente ORDENANZA Nº 2609-98, a los trece días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y ocho.-


INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: Exp. 2724-C-98

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA