Ordenanza

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Ordenanza Nº 2558/98 - PLAN 400 CUADRAS

Art.1º.-Modifícase el art.15º de la Ordenanza Nº 2494/97 cuyo texto
quedará redactado de la siguiente manera:
"Art.15º.-Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a que por
Decreto, acceda al "pedido de pavimentación y/o cordón cuneta, e los
vecinos cuyas calles no "estaban comprendidas en el "Plan 400 cuadras"
y se encuentran conectadas a "los módulos del mismo, en las mismas
condiciones técnicas, económicas y "financieras expresadas en el
Art.14º.- de esta Ordenanza."

Art.2º.-Agréguese como art.16º de la Ordenanza Nº 2494/97 el de forma.

Art.3º.-Comuníquese, publíquese y archívese.

FUNDAMENTOS:

- Atento el pedido formal presentado por vecinos de distintos sectores
de la ciudad para que se pavimenten las calles de sus domicilios y
teniendo en cuenta que muchos de ellos se encuentran fuera de las
normativas del "Plan de las 400 cuadras" (Ordenanza Nº 2206/93) y su
complementaria (Ordenanza Nº 2494/97) que dispone continuar la obra de
pavimentación inconclusa de las "400 cuadras" por Administración
Municipal manteniendo el radio estipulado en la primera, se ha estimado
conveniente ampliar esta disposición mediante el agregado de un
artículo que se sanciona en la presente normativa.

Por todo ello, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, haciendo uso de
sus facultades y atribuciones ha sancionado la presente ORDENANZA Nº
2558/98 a los treinta y un días del mes de marzo del año mil
novecientos noventa y ocho.

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2508-I-98

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA