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Ordenanza Nº 2535/97 - AUTORIZA VISAR PLANO EDIFICIO COOP. OBRAS SANITARIAS EN CALLE ITALIA

Art.1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a visar
técnicamente el plano de edificación correspondiente a la sede
administrativa de la Cooperativa Limitada. de Obras Sanitarias y
Servicios Anexos de Venado Tuerto, contemplando la construcción a
ubicarse sobre calle Italia entre las de Alvear y Chacabuco, de la
manzana catastral 444c del plano oficial de la ciudad, conforme el
proyecto edilicio obrante en el expediente Nº 84305-C-97.-

Art.2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

FUNDAMENTOS:

Mediante expediente Nº 84305-C-97, la Cooperativa Limitada de Obras
Sanitarias y Servicios Anexos de Venado tuerto, solicita la
autorización para la construcción del edificio de la nueva sede
administrativa de la entidad, a ubicarse sobre calle Italia entre las
de Alvear y chacabuco, en la manzana catastralñ444c del plano oficial
de la ciudad, la que a su vez se encuentra integrada al Distrito
Urbanístico R.2. conforme lo determinado por el Reglamento de
Zonificación y Subdivisión de la Tierra.-

En el mencionado distrito rigen las disposiciones del Centro de
Manzana.-

El proyecto del edificio `presentado para su análisis y consideración,
prevee la utilización parcial del área del terreno afectado por el
centro de manzana. Proponiéndose la compensación de superficies por
otras áreas libres del inmueble. La invasión con edificación del centro
de manzana y pertinente compensación. Únicamente se halla contemplada
para construcciones que n superen los tres metros de altura y
compatibles - a nivel complementario con el edificio principal -, tal
como lo especifica el apartado 6.1.5. del art. 2º- de la Ordenanza Nº
1807/89.-

Según se desprende de la lectura del proyecto, parte del edificio
destinado al uso principal, no se encuentra encuadrada en la normativa
citada precedentemente.-

La entidad recurrente explicita las razones que fundamentan las
premisas que impulsan al proyecto presentado, citándose: la
preservación de once e4species arbóreas existentes en el predio; la
constitución de un espacio verde al frente del inmueble con dotación de
equipamiento variado, creándose un paseo o lugar de estar abierto
librado al uso público; asegurar en casi la totalidad del perímetro de
la edificación un espacio abierto continuo que optimice las condiciones
de iluminación naturales de los distintos locales que integran la
unidad funcional.-

Al ya conocido proceso de progresivo deterioro de la calidad ambiental
en asentamientos urbanos, debido a la densa ocupación del suelo en
determinadas áreas. Sobre todo en sectores céntricos y entorno
inmediato como es el caso de esta ciudad, a la que entre otras causas
conduce al loteo especulativo de tierras al amparo de normativas
obsoletas vigentes, se contrapone la presente propuesta que prevee la
integración de parcelas permitiendo el desarrollo de un mejor proyecto.
En este, se regula la intensidad de uso del terreno, determinándose
áreas libres envolventes del edificio, tendiendo a la liberación del
suelo, eliminándose la posibilidad de patios internos - huecos de
dimensiones mínimas, si bien reglamentarias - intolerables en términos
urbanísticos, como recurso de iluminación y ventilación naturales para
locales de permanencia prolongada.-

Es particularmente valorable la proposición de creación de un espacio
verde de uso comunitario al frente del predio, superador del concepto
de centro libre de manzana de utilización privada en un inmueble de
características asimilada a público. Tal espacio adquiere carácter de
plazoleta, fortaleciendo el equipamiento urbano en materia de áreas
verdes con el innegable beneficio para la comunidad que ello implica.-

La Dirección de Obras Privadas aporta a través del análisis realizado
sobre el particular, demostración de que el área libre de edificación y
áreas que por patios de iluminación y ventilación naturales
correspondan, supera generosamente las superficies afectadas a centro
de manzana invadidas por construcciones.-

Atento a lo expuesto, la propuesta edilicia que realiza la entidad
recurrente resulta de interés para la ciudad en virtud de beneficios de
la calidad ambiental que propone no solo para los usuarios permanentes
y/o esporádicos de la sede administrativa de la Cooperativa, sino
también el entorno vecinal al dotarlo de un espacio libre urbano de uso
comunitario.-

Se sanciona la presente ORDENANZA Nº 2535-97, en la Sala de Sesiones
del Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, a los treinta días
del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y siete.-

INFORMACION ADICIONAL
  • Expediente: 2289-V-97

  • Derogada: NO

  • Vetada: NO

INFORMACIÓN ANEXA