Ordenanza
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Ordenanza Nº 2510/97 - AUTORIZA CONSTRUCCION Y HABILITACION CENTRO ONCOLOGICO VENADO TUERTO
Art.1º.- Autorícese la construcción y habilitación del Centro
Oncológico Venado tuerto, en la Ruta Nacional Nº 8, km 364,5, Boulevard
Ovidio Lagos s/n, chacra 83, manzana catastral 778, parcela 57, sub
parcela 11, partida inmobiliario 360611/0011-1.-
Art.2º.- Toda modificación y/o ampliación deberá contar con la visación
de Autoridad Regulatoria Nuclear.-
Art.3º.- La peticionante observará y dará cumplimiento a las
disposiciones establecidas por la Ordenanza Nº 2282/94, previo a todo
tipo de autorización habilitante.-
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
Atentos a que la solicitud del expediente Nº 86408-C-97, presentado por
el centro de Tratamiento Oncológico de venado tuerto, se ubica en el
distrito Q.R. del reglamento de Zonificación y Subdivisión de la
Tierra, que tiene como usos permitidos: viviendas, explotaciones
agropecuarias y estaciones de servicio, gomerías y comedores como
servicio de ruta.-
Que como indican las técnicas urbanísticas, la Dirección de
Planeamiento considera a la Ruta Nacional Nº 8 como corredor,
independientemente del distrito al que pertenezcan cualquiera de sus
lados.-
Que dicha ruta tiene como destino principal los servicios de ruta, del
campo y/o urbanos.-
Que un Centro de Tratamientos Oncológicos, tiene proyección regional y
por lo tanto requiere rápida ubicación y acceso.-
Que para la actividad específica, resulta conveniente se desarrolle en
un amplio predio, no habituales en el área urbana, sin linderos
inmediatos por razones funcionales, de crecimiento y seguridad.-
Que debe apelarse a la solidaridad para con los vecinos de la región,
afectados por enfermedades malignas, obligados a trasladarse cientos de
kilómetros para su tratamiento, con los gastos que ello implica en
viaje y hotelería, más las molestias.-
Que el proyecto cuenta con la visación de la Autoridad Regulatoria
Nuclear, dependiente de la Presidencia de la Nación.-
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en
la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2510-05, a los cuatro días del mes
de noviembre del año mil novecientos noventa y siete.-
Oncológico Venado tuerto, en la Ruta Nacional Nº 8, km 364,5, Boulevard
Ovidio Lagos s/n, chacra 83, manzana catastral 778, parcela 57, sub
parcela 11, partida inmobiliario 360611/0011-1.-
Art.2º.- Toda modificación y/o ampliación deberá contar con la visación
de Autoridad Regulatoria Nuclear.-
Art.3º.- La peticionante observará y dará cumplimiento a las
disposiciones establecidas por la Ordenanza Nº 2282/94, previo a todo
tipo de autorización habilitante.-
Art.4º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
Atentos a que la solicitud del expediente Nº 86408-C-97, presentado por
el centro de Tratamiento Oncológico de venado tuerto, se ubica en el
distrito Q.R. del reglamento de Zonificación y Subdivisión de la
Tierra, que tiene como usos permitidos: viviendas, explotaciones
agropecuarias y estaciones de servicio, gomerías y comedores como
servicio de ruta.-
Que como indican las técnicas urbanísticas, la Dirección de
Planeamiento considera a la Ruta Nacional Nº 8 como corredor,
independientemente del distrito al que pertenezcan cualquiera de sus
lados.-
Que dicha ruta tiene como destino principal los servicios de ruta, del
campo y/o urbanos.-
Que un Centro de Tratamientos Oncológicos, tiene proyección regional y
por lo tanto requiere rápida ubicación y acceso.-
Que para la actividad específica, resulta conveniente se desarrolle en
un amplio predio, no habituales en el área urbana, sin linderos
inmediatos por razones funcionales, de crecimiento y seguridad.-
Que debe apelarse a la solidaridad para con los vecinos de la región,
afectados por enfermedades malignas, obligados a trasladarse cientos de
kilómetros para su tratamiento, con los gastos que ello implica en
viaje y hotelería, más las molestias.-
Que el proyecto cuenta con la visación de la Autoridad Regulatoria
Nuclear, dependiente de la Presidencia de la Nación.-
Por todo lo expuesto, el Concejo Municipal de Venado Tuerto, reunido en
la Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2510-05, a los cuatro días del mes
de noviembre del año mil novecientos noventa y siete.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 2442-I-97
- Derogada: NO
- Vetada: NO