Ordenanza
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Ordenanza Nº 2437/97 - CONV. ENTRE MVT Y CLUB CENTENARIO POR ENSANCHE CALLE CORRIENTES
Art.1º.- Ratifícase el convenio de permuta suscripto el día 20-02-97
entre la Municipalidad de Venado Tuerto y el Centenario F.B.C.C. y D.,
el cual formará parte integrante de esta Ordenanza como Anexo I.-
Art.2º.- Para el supuesto caso que fuere necesario, al producirse la
apertura de la nueva calle, los trabajos de extracción de los árboles
que afecte tal cometido, serán realizados por el Municipio y a su
cargo.-
Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
Atento el expediente Nº 53752-C-88, donde el iniciador del mismo, el
Centenario F.B.C.C. y D. presta en conformidad a la Municipalidad para
cederle una fracción de terreno de su propiedad necesaria para
completar la apertura de la calle Corrientes en lo que respecta al
ancho oficial determinado en 20,00 metros en el plano oficial de la
ciudad, solicitando en contraprestación la misma superficie de tierras
propiedad del Municipio colindante con el predio de la cedente y que
forma parte del Parque General Belgrano.-
La Municipalidad mediante nota de fecha 20-03-90 explicita su intención
formal de acceder a un convenio a la entidad recurrente en el marco de
un conjunto de condiciones que comprometerían:
1- Al centenario F-B.C.C. y D.: donar a la Municipalidad de Venado
tuerto una fracción de terreno de 10,00 metros de ancho sobre calle
Jujuy, por 300,00 metros de longitud sobre calle Corrientes a ser
afectados a completar la apertura de calle Corrientes .-
2- A la Municipalidad:
a) A donar al centenario F.B.C.C. y D. una parcela de tres mil metros
cuadrados de superficie, colindante con el inmueble propiedad del
mencionado club por el lado noroeste del mismo, a partir del momento
que se realice la urbanización del inmueble identificado como parcela
54/1 del polígono 9 del Distrito Venado tuerto.-
b) A confeccionar la mensura pertinente al deslinde de la fracción
cedida por el Centenario F.B.C.C. y D. a la Municipalidad.
c) Al corrimiento del cerco existente sobre calle Corrientes a la nueva
posición emergente.-
d) A la extracción de árboles que afectaren la vía pública.
e) A la reforestación, equivalente a las especies extraídas en el área
de la parcela propiedad del Centenario F.B.C.C.. y D.
Practicado el proyecto de mensura y subdivisión de la parcela 54/1 del
polígono 9 del distrito Venado tuerto, que el Departamento Ejecutivo
Municipal fuera autorizado a visar mediante Ordenanza Nº 2330/95
sancionada por el Concejo Municipal y donada a la Municipalidad la
parcela identificada como lote G del respectivo plano, que desarrolla
una superficie de tres mil un metro cuadrados con cincuenta centímetros
(3001,50) se ha posibilitado dar trámite final a los términos del
convenio propuesto por la Municipalidad y aceptado por el Centenario
F.B.C.C. y D. mediante nota fechada el 07-07-92, excluyéndose la
cláusula por la cual la Municipalidad de Venado tuerto se haría cargo
de la extracción de árboles que afectaren la vía pública e incorporando
un compromiso municipal adicional relativo a la condonación de la deuda
emergente de la contribución de mejoras por pavimentación de los 10,00
(diez) metros de frente sobre calle Jujuy correspondiente a la fracción
que el Centenario F.B.C.C. y D. cede a la Municipalidad para el
ensanche de la calle Corrientes; las variantes al conjunto de
condiciones formuladas por la Municipalidad de Venado tuerto con fecha
20-03-90 fueron convenidas por las partes en los últimos tramos de la
concertación.-
El Departamento Ejecutivo Municipal considera que los términos del
convenio celebrado entre las partes es beneficioso para la ciudad en
general y particularmente para los vecinos inmediatos del sector de
calle Corrientes a ensanchar, que enfáticamente han requerido la
realización de tal obra.-
Por todo ello, el Concejo Municipal, de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2437-97, a los un día del mes de
abril del año mil novecientos noventa y siete.-
entre la Municipalidad de Venado Tuerto y el Centenario F.B.C.C. y D.,
el cual formará parte integrante de esta Ordenanza como Anexo I.-
Art.2º.- Para el supuesto caso que fuere necesario, al producirse la
apertura de la nueva calle, los trabajos de extracción de los árboles
que afecte tal cometido, serán realizados por el Municipio y a su
cargo.-
Art.3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
FUNDAMENTOS:
Atento el expediente Nº 53752-C-88, donde el iniciador del mismo, el
Centenario F.B.C.C. y D. presta en conformidad a la Municipalidad para
cederle una fracción de terreno de su propiedad necesaria para
completar la apertura de la calle Corrientes en lo que respecta al
ancho oficial determinado en 20,00 metros en el plano oficial de la
ciudad, solicitando en contraprestación la misma superficie de tierras
propiedad del Municipio colindante con el predio de la cedente y que
forma parte del Parque General Belgrano.-
La Municipalidad mediante nota de fecha 20-03-90 explicita su intención
formal de acceder a un convenio a la entidad recurrente en el marco de
un conjunto de condiciones que comprometerían:
1- Al centenario F-B.C.C. y D.: donar a la Municipalidad de Venado
tuerto una fracción de terreno de 10,00 metros de ancho sobre calle
Jujuy, por 300,00 metros de longitud sobre calle Corrientes a ser
afectados a completar la apertura de calle Corrientes .-
2- A la Municipalidad:
a) A donar al centenario F.B.C.C. y D. una parcela de tres mil metros
cuadrados de superficie, colindante con el inmueble propiedad del
mencionado club por el lado noroeste del mismo, a partir del momento
que se realice la urbanización del inmueble identificado como parcela
54/1 del polígono 9 del Distrito Venado tuerto.-
b) A confeccionar la mensura pertinente al deslinde de la fracción
cedida por el Centenario F.B.C.C. y D. a la Municipalidad.
c) Al corrimiento del cerco existente sobre calle Corrientes a la nueva
posición emergente.-
d) A la extracción de árboles que afectaren la vía pública.
e) A la reforestación, equivalente a las especies extraídas en el área
de la parcela propiedad del Centenario F.B.C.C.. y D.
Practicado el proyecto de mensura y subdivisión de la parcela 54/1 del
polígono 9 del distrito Venado tuerto, que el Departamento Ejecutivo
Municipal fuera autorizado a visar mediante Ordenanza Nº 2330/95
sancionada por el Concejo Municipal y donada a la Municipalidad la
parcela identificada como lote G del respectivo plano, que desarrolla
una superficie de tres mil un metro cuadrados con cincuenta centímetros
(3001,50) se ha posibilitado dar trámite final a los términos del
convenio propuesto por la Municipalidad y aceptado por el Centenario
F.B.C.C. y D. mediante nota fechada el 07-07-92, excluyéndose la
cláusula por la cual la Municipalidad de Venado tuerto se haría cargo
de la extracción de árboles que afectaren la vía pública e incorporando
un compromiso municipal adicional relativo a la condonación de la deuda
emergente de la contribución de mejoras por pavimentación de los 10,00
(diez) metros de frente sobre calle Jujuy correspondiente a la fracción
que el Centenario F.B.C.C. y D. cede a la Municipalidad para el
ensanche de la calle Corrientes; las variantes al conjunto de
condiciones formuladas por la Municipalidad de Venado tuerto con fecha
20-03-90 fueron convenidas por las partes en los últimos tramos de la
concertación.-
El Departamento Ejecutivo Municipal considera que los términos del
convenio celebrado entre las partes es beneficioso para la ciudad en
general y particularmente para los vecinos inmediatos del sector de
calle Corrientes a ensanchar, que enfáticamente han requerido la
realización de tal obra.-
Por todo ello, el Concejo Municipal, de Venado Tuerto, reunido en la
Sala de Sesiones y haciendo uso de sus facultades y atribuciones, ha
sancionado la presente ORDENANZA Nº 2437-97, a los un día del mes de
abril del año mil novecientos noventa y siete.-
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 2189-I-97
- Derogada: NO
- Vetada: NO