Ordenanza
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Ordenanza Nº 2396/96 - PRESERVACIÓN ARBOLADO PÚBLICO
FUNDAMENTOS:
La agresión mutiladora y en algunos casos la depredación de algunas
especies, que se está observando en el último tiempo sobre el arbolado
público, ejecutada por vecinos desaprensivos, está requiriendo el
ejercicio de un control más severo y de una acción sancionatoria más
concreta y ejemplificadota.
Se hace necesario contrarrestar esta actitud nociva, que sin ser de
signos preocupantes, debe prevenirse rápidamente para evitar que su
práctica cunda de manera inapropiada, alterando una cultura forestal
que el grueso de la comunidad valora y respeta.
A la rigurosidad en el control y preservación del arbolado urbano,
contra todo procedimiento que afecte su integridad, contemplado y
penado a través de preceptivas dictadas al efecto, debe establecerse
como norma periódica de acción, la difusión del contenido y alcance de
estas disposiciones.
Igualmente la metodología de atención de los reclamos de distinto
origen que se formulan ante el Municipio, como consecuencia de los
problemas derivados del arbolado público.
No menos importante y de necesaria práctica deben ser la generación y
estímulo a la participación en la organización y realización de
campañas de concientización a la comunidad, de los sectores interesados
en el tema.
Promover asimismo, desde el área de asesoramiento forestal, seminarios,
charlas y otras iniciativas vinculadas con las características
forestales a utilizar en la vía pública, sus exigencias, plantación y
demás cuidados. La necesidad de recuperar espacios verdes para el uso
público y programación de censos de arbolado urbano y de los solares de
esparcimiento existentes en la ciudad, como preocupación permanente por
ofrecer mejores condiciones de vida a la comunidad.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso
de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente.
ORDENANZA
Art. 1º. En forma periódica y conforme a un diagrama que establecerá al
efecto, el Departamento Ejecutivo Municipal difundirá por los medios
que considere más aptos y efectivos, las disposiciones relacionadas con
la preservación del arbolado existente en calles públicas, parques,
plazas, paseos y otros espacios verdes en la jurisdicción municipal.
Art. 2º. Igualmente elaborará e informará semestralmente al Honorable
Concejo Municipal sobre proyectos o planes de forestación y
reforestación en calles, avenidas, accesos, parques, plazas y demás
vías o solares de uso público del distrito Venado Tuerto, haciendo
conocer por esta vez, al 31 de diciembre próximo, los trabajos
realizados en el año en curso.
Art. 3º. El área de asesoramiento forestal considerará y pondrá en
practica:
a. Las formas de hacer partícipes a los sectores interesados en el
tema, en la organización y realización de campañas de difusión en
escuelas, colegios, centros culturales, medios de comunicación social
y/o similares, tendientes a concientizar a la comunidad sobre la
necesidad de defender el arbolado público y las áreas verdes.
b. La promoción, organización y realización de cursos, seminarios,
charlas técnicas y otras iniciativas relacionadas con los espacios
forestales a utilizar en el arbolado público, sus características y
exigencias, plantación, labores culturales (poda) y cuidados.
c. La recuperación de espacios verdes para el uso público mejorando en
cantidad y calidad la superficie verde urbana.
d. Organizar y ejecutar censos de arbolado urbano y espacios verdes y
la difusión de sus resultados.
Art. 4º. La Secretaría de Obras y Servicios Públicos tomará las medidas
necesarias para que los árboles que deban ser extraídos, puedan ser
transplantados a un espacio verde o plaza.
Art. 5º. Todo árbol eliminado en la ciudad de Venado Tuerto deberá ser
sustituido por otro ejemplar. De no ser posible la plantación en el
mismo lugar, deberá plantarse el nuevo ejemplar en las inmediaciones.
Art. 6º. Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los diez días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y
seis.
La agresión mutiladora y en algunos casos la depredación de algunas
especies, que se está observando en el último tiempo sobre el arbolado
público, ejecutada por vecinos desaprensivos, está requiriendo el
ejercicio de un control más severo y de una acción sancionatoria más
concreta y ejemplificadota.
Se hace necesario contrarrestar esta actitud nociva, que sin ser de
signos preocupantes, debe prevenirse rápidamente para evitar que su
práctica cunda de manera inapropiada, alterando una cultura forestal
que el grueso de la comunidad valora y respeta.
A la rigurosidad en el control y preservación del arbolado urbano,
contra todo procedimiento que afecte su integridad, contemplado y
penado a través de preceptivas dictadas al efecto, debe establecerse
como norma periódica de acción, la difusión del contenido y alcance de
estas disposiciones.
Igualmente la metodología de atención de los reclamos de distinto
origen que se formulan ante el Municipio, como consecuencia de los
problemas derivados del arbolado público.
No menos importante y de necesaria práctica deben ser la generación y
estímulo a la participación en la organización y realización de
campañas de concientización a la comunidad, de los sectores interesados
en el tema.
Promover asimismo, desde el área de asesoramiento forestal, seminarios,
charlas y otras iniciativas vinculadas con las características
forestales a utilizar en la vía pública, sus exigencias, plantación y
demás cuidados. La necesidad de recuperar espacios verdes para el uso
público y programación de censos de arbolado urbano y de los solares de
esparcimiento existentes en la ciudad, como preocupación permanente por
ofrecer mejores condiciones de vida a la comunidad.
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso
de sus facultades y atribuciones, sanciona la siguiente.
ORDENANZA
Art. 1º. En forma periódica y conforme a un diagrama que establecerá al
efecto, el Departamento Ejecutivo Municipal difundirá por los medios
que considere más aptos y efectivos, las disposiciones relacionadas con
la preservación del arbolado existente en calles públicas, parques,
plazas, paseos y otros espacios verdes en la jurisdicción municipal.
Art. 2º. Igualmente elaborará e informará semestralmente al Honorable
Concejo Municipal sobre proyectos o planes de forestación y
reforestación en calles, avenidas, accesos, parques, plazas y demás
vías o solares de uso público del distrito Venado Tuerto, haciendo
conocer por esta vez, al 31 de diciembre próximo, los trabajos
realizados en el año en curso.
Art. 3º. El área de asesoramiento forestal considerará y pondrá en
practica:
a. Las formas de hacer partícipes a los sectores interesados en el
tema, en la organización y realización de campañas de difusión en
escuelas, colegios, centros culturales, medios de comunicación social
y/o similares, tendientes a concientizar a la comunidad sobre la
necesidad de defender el arbolado público y las áreas verdes.
b. La promoción, organización y realización de cursos, seminarios,
charlas técnicas y otras iniciativas relacionadas con los espacios
forestales a utilizar en el arbolado público, sus características y
exigencias, plantación, labores culturales (poda) y cuidados.
c. La recuperación de espacios verdes para el uso público mejorando en
cantidad y calidad la superficie verde urbana.
d. Organizar y ejecutar censos de arbolado urbano y espacios verdes y
la difusión de sus resultados.
Art. 4º. La Secretaría de Obras y Servicios Públicos tomará las medidas
necesarias para que los árboles que deban ser extraídos, puedan ser
transplantados a un espacio verde o plaza.
Art. 5º. Todo árbol eliminado en la ciudad de Venado Tuerto deberá ser
sustituido por otro ejemplar. De no ser posible la plantación en el
mismo lugar, deberá plantarse el nuevo ejemplar en las inmediaciones.
Art. 6º. Comuníquese, publíquese y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de Venado Tuerto, a
los diez días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y
seis.
INFORMACION ADICIONAL
- Expediente: 2006-C-96
- Derogada: NO
- Vetada: NO