Imprimir esta página

Ordenanza Nº 2293/94 - REEMPLAZO DE LINEA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS

De acuerdo al informe presentado al Departamento Ejecutivo Municipal
por la Comisión de Seguimiento del Transporte Urbano de Pasajeros, en
fecha 24/11/94, se hace necesario realizar algunos cambios a fin del
mejoramiento del servicio.

Básicamente los reclamos de vecinos de relacionan con los tiempos de
recorrido desde y hacia el centro, así como la calidad del servicio en
frecuencia y mantenimiento de vehículos.

En efecto, barrios que ya gozaban del servicio de transporte urbano de
pasajeros han visto incrementado el tiempo de recorrido en razón de
incluirse la prestación del servicio a otros barrios de la ciudad, con
las consiguientes demoras.-

Asimismo el sistema de Unión Transitoria de Empresas que se hizo cargo
de la prestación bajo concesión precaria del recorrido de la línea 1,
no ha funcionado como era dable esperar, agravándose por el bajo corte
de boletos en razón de las circunstancias antes aludidas.-

Estas razones llevaron a la Comisión de Seguimiento del Transporte
Urbano de Pasajeros a aconsejar los cambios que se detallan en el
respectivo informe, anexo a la presente, los cuales cuentan con la
aprobación de las empresas concesionarias del transporte , según acta
de fecha 29/11/94.-

Por ello, el Honorable Concejo Municipal, en uso de sus facultades y
atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Art. 1º.- Reemplazase las dos (2) líneas de transporte urbano se
pasajeros creadas por la Ordenanza Nº 2107-92 por tres (3) nuevas
líneas que cubrirán el recorrido según diagrama de recorridos y plano
adjunto, que se considerarán como Anexo 1 y Anexo 11 respectivamente de
la presente Ordenanza.
Art. 2º.- La empresa "La Venadense" continuará la prestación del
servicio de transporte en la línea 2, con la modificación del recorrido
según diagrama y planos anexos, en las mismas condiciones determinadas
por el pliego y decreto de adjudicación de la Licitación Pública Nº
01/94, de la que resulto adjudicataria.
Art. 3º.- Dejase sin efecto la concesión precaria de la Línea Nº1
otorgado por Decreto Nº 111-94 a la U.T.E. conformada por las empresas
"VENADO S.R.L" y "TASS S.R.L."
Art. 4º.- El servicio de transporte en la actual Línea 1 será prestado
por la Empresa " VENADO TUERTO S.R.L." y en la línea 3 por "LA
VENADENSE S.A."
La prestación será bajo la forma de concesión precaria en las
condiciones que fije el Departamento Ejecutivo Municipal, hasta
producirse el llamado a licitación correspondiente.
Art. 5º.- Facultase al departamento Ejecutivo Municipal a confeccionar
y firmar los contratos de concesión correspondiente con las empresas de
transporte.

Art. 6º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del HONORABLE CONSEJO MUNICIPAL de Venado
Tuerto, a los veintisiete días del mes de noviembre del año mil
novecientos noventa y cuatro.