FUNDAMENTOS:
Con fecha 0 de octubre de 1991 se sancionó la Ordenanza Nro. 1981-91
por la cual a su pedido se cedió en comodato a la Parroquia Nuestra
Señora del Perpetuo Socorro, una fracción de terreno municipal, ubicada
en calles Runciman y 107 para la práctica al aire libre de actividades
deportivas y recreativas de los niños de los barrios Tiro Federal, San
Martín e Iturbide, con prohibición de cambiar el carácter df4 esta
cesión, no pudiendo efectuar en el predio construcciones permanentes ni
cederlo a terceros.-
En razón de funcionar e jurisdicción de dicho templo la Agrupación
Scout "San Francisco Solano", se interpretó a ésta como canalizadora y
ejecutora de la iniciativa. Si bien la agrupación ha venido ejerciendo
sus actividades, no lo ha hecho con la presencia y continuidad que era
dable esperar al momento de la cesión; tal es así que en distintas
oportunidades y por reclamos insistentes de los vecinos, la
Municipalidad debió destacar personal para el desmalezamiento y
limpieza del predio afectado a este cometido. En fecha reciente los
scout han cercado el terreno con alambre perimetral y procedido a la
plantación de algunos especies arbóreas, sin el asesoramiento
correspondiente, lo que además se no constituir una decisión
integradora, tampoco es lo que los vecinos aspiran para un sector
necesitado de nuevos aportes que estimulen su mejoramiento
urbanístico.-
Esto ha creado entre los vecinos interesados y preocupados por
lac0onvivencia y el embellecimiento del lugar, la necesidad de
modificar la situación existente, proponiendo la construcción de una
plaza, comprometiendo su participación para llevarla a cabo e igual
predisposición para su mantenimiento futuro.-
Por otra parte y como razón para la obra propuesta, existe una
importante concentración humana en dicho barrio, cada vez más creciente
que está requiriendo que los niños dispongan libremente de un sitio
apropiado para sus juegos, interpretando que la carencia en la zona de
un solar de estas características para las actividades infantiles, está
justificando la petición formulada.-
También la ancianidad debe ser considerada en este proyecto,
entendiendo que esa etapa de la vida merece una consideración especial,
donde hombre y mujeres encuentren un ámbito de descanso y
esparcimiento, como es dable observar en otras plazas de la ciudad.-
De ninguna manera implica esto un rechazo a la actividad de los scout y
su permanencia en el lugar; en diferentes ocasiones el Municipio ha
dado pruebas elocuentes de su valoración a través de la sanción de
ordenanzas orientadas a favorecer su accionar. Creemos que los
principios de amistad. Integración y solidaridad que conforman su
decálogo practicante, son un basamento sólido y servirá de estímulo
para desarrollar una labor conjunta entre el Municipio, los vecinos y
los scouts para llevar adelante una obra que mejorará urbanisticamente
al barrio y será de uso común y de beneficios recíprocos para las
partes actuantes.-
Entendemos que destinar el predio objeto de tratamiento a la
construcción de una plaza pública, no impide ser compartido con los
scouts; por el contrario, obrará como un escenario favorecedor de la
relación integradora entre los vecinos y la agrupación.-
Finalmente la propuesta se ve favorecida por las dimensiones del
terreno, que facilitará los trabajos y no habrá de requerir una
inversión significativa para la concreción de la labor.-
Por todo ello, el Honorable Concejo Municipal de Venado Tuerto, en uso
de sus facultades y atribuciones, ha sancionado la presente:
R E S O L U C I O N
Art.1º.- Destínese a la construcción de una plaza pública la reserva
municipal Nº 65, parte de la chacra 58, manzana B, lote 7, compuesta de
56 metros de frente sobre calle Runciman, por 50 metros de fondo y
frente sobre calle Nº 107, según plano inscripto en el Departamento
Topográfico de la provincia, bajo el Nº 94868, año 1978; partida
Impuesto inmobiliario Nº 3600/9/0003 e inscripto al tomo 364, folio
426. Nº 179916 de fecha 16/07/8.-
Art.2º.- La plaza a construir delimitará sectores para la instalación
de juegos infantiles y de esparcimiento para ancianos. Conforme al
proyecto respectivo que elaborará al área técnica de planeamiento
urbano de la Municipalidad y será remitido al Honorable Concejo
Municipal para su aprobación.-
Art.3º.- Se considerará en las formas de ejecución de la obra la
participación activa de los vecinos como elemento canalizador de
inquietudes y de protagonismo en las decisiones comunitarias.-
Art.4º.- La agrupación Scout "San Francisco Solano" podrá hacer uso de
dicha plaza para el desarrollo de las actividades propias de la entidad
u que las dimensiones del predio permitan.-
Art.5º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Venado
Tuerto, a los doce días del mes de abril del año mil novecientos
noventa y cuatro.-
Ordenanza Nº 2244/94 - DESTINA RESERVA MUNICIPAL Nº 65 PARA PLAZA PUBLICA Y PARA USO DE AGRUPACION SCOUT
Información adicional
- Expediente: 1153-C-94
- Derogada: No